La negociación Colectiva Municipal: historia de la ley 14.656 y los Convenios Colectivos de Trabajo en San Isidro.
A partir del año 2003, nuestra organización sindical a nivel provincial, la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerense (Fe.Si.Mu.Bo), comenzó a impulsar la necesidad de contar con un marco legal para que se llevarán adelante las negociaciones colectivas de trabajo para los trabajadores y trabajadoras municipales en la provincia de Buenos Aires.
Este impulso se hizo por primera vez texto en un proyecto de ley provincial presentado por el secretario general de nuestra federación provincial, Rubén García, entonces diputado provincial, en la Legislatura de la Bonaerense.
Esta presentación y la posterior lucha que se debió llevar adelante fueron sostenidas por todos los sindicatos municipales locales que componen la federación, entre ellos el nuestro como uno de sus principales protagonistas.
Desde 2005, fecha del primer proyecto para una ley de negociación colectiva, hasta el año 2014, año de sanción y promulgación de la ley, pasaron 9 años en donde se multiplicaron las movilizaciones, los piquetes, los bloqueos de rutas, las reuniones con Intendentes, diputados y senadores provinciales y los dos Gobernadores que ocuparon el sillón en la Ciudad de La Plata en ese período de tiempo.
Sobre fines del año 2014 se logró la sanción y posterior promulgación de la ley 14.656 o ley para las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de los Trabajadores y Trabajadoras Municipales en los Municipios de la Provincia de Buenos Aires”.
Dicha ley nos permitió constituir en nuestro municipio, el de San Isidro, la primera Comisión Paritaria Municipal, que funciona hasta la fecha, llamada por la ley como “Unidad Negociadora Municipal”.
En el marco de dicha Comisión Paritaria, regulada por la ley 14.656, se desarrollan, formalizadas en actas correspondientes, las negociaciones salariales, sobre las condiciones laborales de trabajo en todas sus derivaciones, y toda la problemática de las relaciones laborales de los trabajadores y trabajadoras del municipio.
El trabajo de esta Comisión Paritaria permitió dar a luz el segundo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) entre los 135 Municipios de la provincia, Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia de Buenos Aires con el N ° 2, y convalidado por el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de San Isidro por Ordenanza 8850 y promulgado por el Gobierno Municipal por Decreto 3257/2015,
El primer CCT en San Isidro, ya cuenta con su primera renovación y ampliación, convalidada por Ordenanza 9078 y promulgada por Decreto 1072/2019.
La ley 14.656 continúa vigente y operativa como herramienta legal para favorecer la transformación de las relaciones laborales en los Municipios Bonaerenses en general y el de San Isidro en particular, abandonando progresivamente la discrecionalidad unilateral del empleador y sustituyéndola por la regulación acordada de las partes, dotando a la Administración Municipal de una norma moderna que consolida y amplía derechos laborales pero sin olvidar el fortalecimiento del Servicio Público Municipal.
OMAR ARCE, SECRETARIO GENERAL STMSI